lunes, 28 de enero de 2013

6ta Conferencia sobre Feminicidio / Femicidio



La violencia contra las mujeres como eje central del Diálogo Bi-Regional sobre Género entre la Unión Europea y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (UE - CELAC)

¿Por qué siguen fracasando los Estados?
23 de Enero 2013 Santiago de Chile
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Recomendaciones de la sociedad civil para la cumbre UE CELAC sobre violencia contra las mujeres y feminicidios/femicidios

Las organizaciones de la sociedad civil damos la bienvenida al diálogo bi-regional sobre género EU-CELAC, en el cual uno de los ejes centrales es la lucha para la erradicación de la violencia contra las mujeres y su forma más extrema, los femicidios o feminicidios, es decir, los asesinatos de mujeres a causa del ejercicio de poder sobre ellas.  
Por ello solicitamos la creación de un plan de acción estratégico bi-regional EU-CELAC para la erradicación de la discriminación y violencia contra las mujeres elaborado con la participación de las organizaciones de mujeres y feministas. Este plan debe estar basado en la CEDAW, la Convención de Belém do Pará y el Convenio de Estambul, así como en los estándares establecidos por los órganos de Naciones Unidas y los sistemas regionales de derechos humanos, que han sido fundamentales para el avance en el reconocimiento y vigencia de los derechos humanos de las mujeres.
Este plan debe garantizar, entre otros: 1) la visibilidad de todas las formas de violencia contra las mujeres y en particular el feminicidio/femicidio, violencia sexual y desapariciones 2) el acceso a una justicia efectiva y la erradicación de la impunidad, así como la reparación para las víctimas y sus familias, 3) reconocimiento del papel estratégico de las organizaciones feministas y de defensa de los derechos de las mujeres.
Para ello es necesario:
-       La ratificación por parte de los estados europeos del Convenio de Estambul, así como el Protocolo Facultativo de la CEDAW por parte de todos los Estados, con miras a avanzar en estándares compartidos en materia de derechos de las mujeres.
-       Que los estados europeos y latinoamericanos avancen en el cumplimiento de las recomendaciones y de las resoluciones de los órganos de derechos humanos de Naciones Unidas y del sistema interamericano y europeo de derechos humanos, especialmente aquellas relativas a la erradicación de la discriminación y violencia contra las mujeres.
-       Eliminar las normas y prácticas que impiden el ejercicio pleno de la ciudadanía de las mujeres. 
-       Recomendar y promover, con la participación de las organizaciones de la sociedad civil, la adopción de legislación específica para la penalización de la violencia contra las mujeres y el femicidio/feminicidio en todos los ámbitos, conforme a los estándares internacionales de derechos humanos. Estas normas deben incluir sanciones a los agentes estatales que incumplen con su deber de actuar con la debida diligencia en esta materia, por acción u omisión.
-       Mejorar y especializar los sistemas judiciales asegurando la accesibilidad física, económica y cultural de las mujeres a la justicia. Esto debe incluir los instrumentos, directrices o protocolos adecuados para la investigación y sanción efectiva de los crímenes, la generación de la información judicial necesaria para su retroalimentación, así como la publicidad de las sentencias para la rendición de cuentas y el monitoreo desde la sociedad civil.
-       Eliminar procedimientos policiales, administrativos y judiciales que discriminan a las mujeres o las ponen en peligro, incluyendo la conciliación.
-       Implementar medidas de protección para las mujeres que viven violencia, no condicionadas a denuncias o procedimientos penales o de otro carácter, así como mecanismos efectivos para garantizar la seguridad de las mujeres protegidas por tales medidas.
-       Promover que los Estados, en alianza técnica con el movimiento feminista y de mujeres, generen información estadística oficial y accesible sobre todas las formas de violencia contra las mujeres ya sea que se produzcan en el ámbito privado o público y en particular sobre los femicidios/feminicidios, violencia sexual y desapariciones, tortura y trata. Esta información debe considerar la diversidad de condiciones sociales de las mujeres que viven violencia.
-       Revisar las estrategias implementadas por los Estados para el combate de la violencia armada, dado el impacto desproporcionado que están teniendo para la seguridad de las mujeres.
-       Establecer criterios mínimos de carácter ético sobre el tratamiento mediático de la violencia contra las mujeres, especialmente el feminicidio/femicidio, la violencia sexual, desapariciones, tortura y trata, así como promover y supervisar su cumplimiento, recomendando sanciones si es necesario.
-       Apoyar y fortalecer el trabajo y la acción de las organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres en la definición y monitoreo de la respuesta estatal frente a todas las formas de violencia contra las mujeres.
-       Implementar medidas de protección adecuadas para las defensoras de derechos humanos, ya sean de carácter preventivo o de respuesta urgente ante riesgos inminentes.
-       Dotar a este plan bi-regional de los recursos necesarios para su ejecución, constituyendo un fondo específico para promover y fortalecer el trabajo estratégico de las organizaciones feministas y de defensa de derechos humanos de mujeres.
-       Finalmente, que este plan de acción bi-regional UE CELAC permita, a nivel global, una fuerte posición consensuada ante la 57ª Sesión de la Comisión sobre el Estatuto de la Mujer (Marzo 2013) y así asegurar las mejores conclusiones posibles en lo que se refiere a la lucha contra la violencia contra las mujeres a nivel internacional.  

domingo, 20 de enero de 2013

Tribunal aplica por primera vez eximente en caso de Karina, reconociendo su calidad de víctima de violencia contra la mujer

Publicado por Humanas

• “Estado de necesidad exculpante” es la eximente de responsabilidad penal contemplada en la Ley de Femicidio que permitió absolver a Karina del delito de parricidio que se le imputaba.
• Después de más de un año recluída en la Cárcel de San Miguel por haber dado muerte a su marido tras ser víctima de violencia contra la mujer durante 18 años, el Tribunal Oral en Lo Penal de Puente Alto absolvió a Karina Sepúlveda, mediante una decisión sin precedentes en nuestro país.
Satisfacción por el relevante fallo del Tribunal Oral de Puente Alto que por primera vez en Chile aplica la eximente de“estado de necesidad exculpante” de la Ley de Femicidio en el caso de Karina Sepúlveda, una mujer víctima de violencia grave y sistemática por parte de su pareja durante 18 años, expresó la abogada de Corporación Humanas, Camila Maturana.
Corporación Humanas y el Observatorio de Género y Equidad habían impulsado una campaña de apoyo a Karina Sepúlveda, abogando porque el Estado de Chile reconociera que se trataba de una víctima de violencia contra la mujer y se la tratara como tal en el juicio iniciado en su contra por haber dado muerte a su pareja.
Karina Sepúlveda Cisternas (34) sufrió por 18 años violencia grave y sistemática por parte de su pareja y padre de sus tres hijos de 18, 13 y 4 años. Durante todo ese tiempo fue amenazada de muerte, violentada sexualmente y golpeada brutalmente, incluso con resultados de fracturas. Además del terror permanente en que vivía, las 64 cicatrices en su cuerpo dan cuenta de la gravedad de la violencia que padecía, como se expuso durante el juicio.
Después de más de un año privada de libertad en la Cárcel de San Miguel, el Tribunal Oral en Lo Penal de Puente Alto absolvió a Karina Sepúlveda del cargo de parricidio tras aplicar, por primera vez, la eximente “estado de necesidad exculpante”, lo cual sienta jurisprudencia en materia de violencia contra la mujer.
La abogada de Corporación Humanas, Camila Maturana, explicó que una de las modificaciones que introdujo la Ley de Femicidio fue crear una nueva eximente de responsabilidad penal aplicable a quien “obra para evitar un mal grave para su persona o derecho o los de un tercero” cumpliendo determinados requisitos.
Esta eximente fue incorporada mediante la Ley de Femicidio para ofrecer una solución a las mujeres que tras sufrir una larga historia de violencia procuran defenderse de sus victimarios incurriendo en algún delito, pero por no corresponder exactamente a las hipótesis de legitima defensa no quedan cubiertas por dicha eximente de responsabilidad penal. En el caso de Karina, precisamente es ésta la situación y así lo ha reconocido el Tribunal, absolviéndola.
“El Tribunal comprendió que Karina Sepúlveda fue víctima de violencia física, psicológica y sexual por más de 18 años y tomó en cuenta esto como un antecedente relevante para estimar que se cumplían los elementos de la eximente de estado de necesidad exculpante, por lo que resuelve absolverla”, señaló.
Obligaciones del Estado
Cabe recordar que el Estado de Chile ha ratificado Convenciones Internacionales obligándose a proteger los derechos humanos de las mujeres. Tratados como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de “Belem Do Para”) y la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) reconocen el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, obligando a los Estados a tomar todas las medidas necesarias para garantizarlo.
El caso de Karina –como de tantas otras mujeres- pone en evidencia que en Chile el Estado aun mantiene una deuda con los derechos humanos de las mujeres. “Nadie quiere más muertes, ni de mujeres ni de agresores. En casos como éste, en que el Estado falla en su obligación de prevenir la violencia y proteger a las víctimas, todos perdemos”, señaló la abogada Maturana.
Agregó que se requieren todavía mayores esfuerzos normativos y de política pública en materia de prevención de la violencia, atención a quienes la sufren y procedimientos judiciales que aseguren protección a las víctimas y sanción a los responsables, puesto que la impunidad de la violencia asegura su repetición.-

viernes, 18 de enero de 2013

Declaración : Mujeres , Diversidad Sexual y Feministas de la ciudad de Temuco.


Rechazamos la aplicación de la Ley Antiterrorista. Fin a la militarización. Basta de allanamientos violentos.

Hace unos días conmemorábamos los 5 años el cobarde asesinato de Matías Catrileo, asesinado por la espalda por el carabinero del GOPE, Walter Ramírez quien pese a haber sido condenado hoy se encuentra en servicio activo. Al día siguiente despertamos con la noticia del incendio de la casa patronal donde murió el matrimonio Luchsinger - MacKay.
Inmediatamente el Gobierno, los partidos de la Concertación y la Derecha, los medios de comunicación y representantes de latifundistas locales salieron a denunciar y criminalizar a comuneros y organizaciones mapuche. El Gobierno anunció la aplicación de la cuestionada Ley Antiterrorista, además del aumento de las fuerzas policiales y de inteligencia, y la creación de una zona especial de control diario y nocturno. Es decir, los mismos que deben  asumir su responsabilidad política de la situación en la que se encuentra el pueblo mapuche salen a lanzar una ofensiva represiva. Mientras hoy se horrorizan ante estas muertes, antes callaron y justificaron los asesinatos de Jaime Mendoza y Matías Catrileo durante el gobierno de Michelle Bachelet y de Alex Lemún en el gobierno de Ricardo Lagos. La violencia del Estado se vive en las comunidades todos los días, Estado que históricamente avasalló y despojó al pueblo mapuche de sus tierras, en forma violenta y racista, política que fue reforzada en la dictadura militar y sostenida por los gobiernos de la Concertación y la derecha a favor de las empresas forestales y los latifundistas.

Hoy luego de este hecho el gobierno actual tendrá la justificación perfecta para continuar con la represión, mientras empresarios y latifundistas locales se dedican a amenazar y a armarse diciendo que van a salir a “cazar mapuche” y los medios de comunicación se hacen eco -como siempre- de la campaña contra los “terroristas”, generando un clima que justifica y legitima la represión y criminalización.

Como organizaciones feministas, de mujeres y de la diversidad sexual de La Araucanía denunciamos que, una vez más,  la represión del Estado se expresa muy fuertemente en las comunidades indígenas rurales, las que están siendo constantemente allanadas en busca de los líderes de las organizaciones mapuche -mayoritariamente hombres-, y como suele suceder en territorios con conflictos de este tipo, quienes reciben  golpes, malos tratos, vejaciones  y abusos de parte de las fuerzas policiales son las mujeres, las niñas y niños que habitan en las comunidades rurales de la región, tal como se evidencia en numerosas filmaciones de organismos de Derechos Humanos.

Por otra parte, cuando los hombres dirigentes son privados de libertad, quienes asumen su defensa públicamente son las mujeres, esposas, madres o hijas, siendo quienes realizan todas las acciones posibles para que retornen a sus hogares. Del mismo modo son las mujeres, en este caso mapuche, quienes se hacen cargo de niños, niñas y personas mayores, son ellas quienes continúan con las labores productivas de sus predios, asumiendo la mayoría de las veces una sobrecarga en sus responsabilidades, lo que afecta tanto su salud física como mental. Por ello, solidarizamos con las mujeres, niñas y niños  mapuche de las comunidades de la Araucanía  que están siendo allanadas por estos días, y les ofrecemos nuestro intermedio para denunciar los abusos a los que están siendo sometidas.

Las organizaciones abajo firmantes repudiamos y denunciamos la aplicación de la Ley Antiterrorista. Rechazamos la criminalización y represión de las comunidades. Exigimos el fin a la militarización y los allanamientos violentos a las comunidades.  Exigimos la libertad de los presos políticos mapuche. Llamamos a organizarnos y articularnos a las diversas organizaciones de mujeres, organizaciones mapuche y no mapuche, estudiantes, trabajadores/ras, organizaciones de la diversidad sexual y a todas/dos quienes quieran sumarse a repudiar estos hechos de violencia y represión contra las comunidades mapuche .

FIRMAS

-Corporación de Mujeres Mapuche Aukinko Zomo.
-Foro Red de Salud y de Derechos Sexuales y Reproductivos
-Asociación Regional de Mujeres Indígenas Hueichafe Domo filial Temuco ANAMURI
-Mujeres Radialistas de Temuco
-Observatorio de Equidad en Salud según Género y Pueblo Mapuche.
-Kolectivo We Newen
-Agrupación Pan y Rosas Teresa Flores
-Temuco Diverso
-Comparsa Mujeres Espejo
-Agrupación Segundo Patio
-Mujeres y Feministas de la ciudad de Temuco.