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jueves, 11 de abril de 2013

Beatriz: Mujer salvadoreña de 22 años necesita un aborto terapéutico para salvar su vida


BEATRIZ QUIERE VIVIR Y NECESITA QUE EL SISTEMA DE SALUD LE GARANTICE LOS PROCEDIMIENTOS PARA SALVAR SU VIDA


Lea sobre la familia de Beatriz: La familia de Beatriz vive en la incertidumbre. La madre de Beatriz dice que no sabe que hacer, sabe que hay una vida dentro de su hija, pero tampoco quiere perderla.

Beatriz es una mujer joven de 22 años que vive en un cantón de Tierra Blanca en Jiquilisco que está embarazada con alto riesgo de muerte materna.Sufre de Lupus Eritematosos Discoidea agravado con, nefritis lúpica. Hace un año tuvo un embarazo de alto riesgo por padecer anemia, un cuadro Lupico exacerbado, neumonía y derrame pleural, e hipertensión por lo que se catalogó como Pre eclampsia severa, que se le sumaba al resto enfermedades que padecía. Finalmente le realizaron una cesárea y nació un niño que no fue dado de alta hasta después de 38 días, con un diagnóstico de recién nacido pre término con síndrome de distress respiratorio y Enterocolitis necrotizante. A Beatriz le propusieron esterilizarse por el alto riesgo de otro embarazo, pero decidió no hacerlo pues temía que su niño recién nacido muriera y ya no pudiera tener otro.
Actualmente está nuevamente embarazada, pero el feto según las tres ultrasonografías que le han realizado, es anancefalico, es decir no tiene cerebro, una anomalía mayor que es incompatible con la vida extrauterina, o sea en caso de que ese feto llegara a término no podría sobrevivir fuera del útero de la madre. Ante este cuadro clínico, el Hospital de Maternidad ha determinado que “es de vital importancia  realizarle un procedimiento médico ya que de no hacerlo hay una fuerte probabilidad de muerte materna”, sin embargo, a causa de la actual legislación existente en El Salvador que penaliza el aborto en todas sus formas, el personal médico del Hospital de Maternidad no se atreve a realizar el procedimiento de interrupción de este embarazo inviable para salvar la vida de Beatriz, por miedo a ser acusado de practicar un aborto. Incluso le han manifestado que ella sería la primera en ir a la cárcel en caso le interrumpieran el embarazo.
Este caso nos muestra con total dramatismo las consecuencias de la aprobación del Articulo 133 del Código Procesal penal que condena de forma indiscriminada la realización de cualquier tipo de aborto, aunque sea un procedimiento necesario para salvar la vida de una mujer embarazada. En este caso ésta prohibición es aún más ilógica, pues el feto es inviable,  por lo que no existe ningún dilema moral para elegir a quien salvar, si a la mujer  o a la criatura por nacer.
Beatriz quiere vivir.  Es una mujer joven con un proyecto de vida por delante y madre de un niño de un año al que quiere criar y proteger. Tiene derecho a que el Estado le garantice su derecho a la vida y a la salud. Por ello está presentando en el día de hoy un proceso de Amparo ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia solicitando que envíen una provisión inmediata a las autoridades de Salud para que la intervengan inmediatamente y poder salvar su vida en grave peligro, de tal forma que el personal médico pueda intervenir con la garantía de no ser procesado por el delito de aborto.
Así mismo en el día de mañana, presentará una solicitud de medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que intervenga, conociendo las limitaciones  del amparo salvadoreño, y que en el caso de que la paciente muera o sufra un daño irreparable, sean las autoridades responsables de actuar las que  deberán responder de las consecuencias.
·         PEDIMOS QUE EL SISTEMA DE SALUD APLIQUE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS NECESARIOS DE QUE DISPONE PAR SALVAR LA VIDA DE BEATRIZ.
·         PEDIMOS QUE LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LAS GARANTIAS NECESARIAS AL PERSONAL DE SALUD PARA QUE PUEDA REALIZAR LOS PROCEDIMIENTOS MEDICAMENTE NECESARIOS PARA SALVAR LA VIDA DE BEATRIZ.
·         SOLICITAMOS A LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y A LA ASAMBEA LEGISLATIVA QUE CUMPLAN LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS DE “REVISAR SU LEGISLACIÓN SOBRE ABORTO PARA HACERLA COMPATIBLE CON LAS DISPOSICIONES DEL PACTO. EL ESTADO DEBE TOMAR MEDIDAS PARA IMPEDIR QUE LAS MUJERES QUE ACUDEN A HOSPITALES PÚBLICOS SEAN DENUNCIADAS POR EL PERSONAL MÉDICO O ADMINISTRATIVO POR EL DELITO DE ABORTO. ASIMISMO, EN TANTO NO SE REVISE LA LEGISLACIÓN EN VIGOR, EL ESTADO PARTE DEBE SUSPENDER LA INCRIMINACIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES POR EL DELITO DE ABORTO. EL ESTADO DEBE INICIAR UN DIÁLOGO NACIONAL SOBRE LOS DERECHOS A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA DE LAS MUJERES”.
San Salvador, 11 de abril de 2013
AGRUPACION CIUDADANA POR LA DESPENALIZACION DEL ABORTO TERAPEUTICO, ETICO Y EUGENESICO

miércoles, 27 de febrero de 2013

Perú: Campaña demanda proyecto de ley para interrupción del embarazo en caso de violencia sexual


Adital

En Perú, según datos de organizaciones feministas y de derechos humanos, 5% de los casos de violación sexual contra las mujeres, dejan como resultado embarazos no deseados. Esta es la principal motivación para la campaña "Déjala Decidir", que pretende recoger firmas para un proyecto de ley que permitiría la interrupción del embarazo si proviene de violencia o abuso sexual.

La campaña cobró impulso en las redes sociales. En el Facebook la página https://apps.facebook.com/marchavirtual/, una invitación convoca a una marcha virtual frente al Congreso Nacional. Cientos de personas ya se han inscrito en el evento y dan testimonios acerca de la necesidad de discutir el asunto y sobre la importancia del proyecto de ley.

"¿Que puede fundamentar el violar dos veces a una mujer? Como si no fuera suficiente la afrenta del sujeto que no respeta su libertad, el estado también le niega el derecho a decidir sobre su cuerpo, a decidir si tener un hijo que no es resultado de una relación libre y consentida", afirma el testimonio de una participante en la marcha virtual.

Según las organizaciones, la Campaña también quiere plantear al tema ante la sociedad peruana, considerándolo un asunto muy grave. Forman parte de la iniciativa el Centro Flora Tristán, Cladem Perú, Movimiento Manuela Ramos, Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Demus), Promsex y Católicas por el Derecho a Decidir – Perú.

Para conocer más sobre la campaña visite: https://www.facebook.com/dejaladecidir/app_309901095776691

lunes, 26 de noviembre de 2012

Resumen de las Recomendaciones del Comité CEDAW a Chile


Ilustraciones de DDSSRR cortesía de Alejandra Suckel
Este resumen solo trata de las recomendaciones sobre Derechos Sexuales y Reproductivos realizados en la sesión 53 (2012) por el Comité CEDAW (el Comité por la eliminación de la discriminación hacia las mujeres.
Lea las recomendaciones traducidas por Corporación Humanas Aquí.
¿Que es el Comité CEDAW?
La CEDAW es la Convención por la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres[2]. Consiste en un listado de compromisos que los paises contraen para ir mejorando progresivamente  el bienestar (goce de los derechos humanos) y la participación política de las mujeres en las distintas sociedades.
El Comité, esta compuesto de 22 comisionadas y un comisionado que cada 4 años revisan los informes de cada país que haya ratificado la convención y también revisan los informes sombras de las organizaciones de la sociedad civil de estos paises. Y durante un día completo (en el caso de Chile el 2 de Octubre 2012) tienen un dialogo constructivo con quien represente al Estado en cuestión y le hacen preguntas MUY puntudas. Y al final generan un listado de recomendaciones que el Estado esta comprometido a acatar. Compromisos que lxs activistas podemos exigirle al Estado.
El derecho al pleno respeto a la integridad del cuerpo
El comité vuelve a referirse al embarazo adolescente y al aborto como lo hizo en sus dos sesiones pasadas.
“profunda preocupación por el creciente número de embarazos de adolescentes que causan altas tasas de deserción escolar, la persistencia de las expulsiones escolares por motivos de embarazo y el escaso número de reclamos presentados después de eso, lo que se traduce en una falta de conocimiento (de sus derechos) de las estudiantes embarazadas; la falta de educación sexual sistemática en los programas escolares y la persistencia de prejuicios y estereotipos en el contenido de dos de los siete programas existentes sobre educación sexual”.
El derecho a la educación y a la información en sexualidad
El Comité recomienda:
(A) Aumentar sus esfuerzos para garantizar que las estudiantes embarazadas se queden y regresen a la escuela durante y después del embarazo, incluyendo el establecimiento de mecanismos de supervisión, la aplicación de sanciones, informando a las estudiantes embarazadas de sus derechos en virtud de la nueva legislación, y mejorando las campañas de sensibilización;
(B) Incluir programas integrales de salud y derechos sexuales y reproductivos como una parte regular del programa de estudios, dirigidos a adolescentes de ambos sexos, incluso en los centros de formación profesional, con especial atención a la prevención de embarazos en adolescentes;
(C) Proporcionar capacitación en género para docentes de todos los niveles del sistema educativo y eliminar los estereotipos basados en el género o el sexo de los contenidos de la enseñanza de todos los programas de educación sexual;
El derecho a explorar la propia sexualidad sin miedos,
vergüenza, falsas creencias, ni culpas.
Sobre Aborto:
“el Comité lamenta profundamente que todas las iniciativas parlamentarias recientes encaminadas a la despenalización del aborto han fracasado en el Estado Parte, incluidos aquellos en los que la salud o la vida de la madre está en riesgo, en casos de malformación fetal grave o violación”.
El derecho a expresar la sexualidad independientemente de la reproducción
Otros temas:
Esterilización forzada
“El Comité también está preocupado por los casos de esterilización forzada de mujeres con VIH / SIDA en el Estado Parte”
El derecho a decidir si se quiere o no tener hijos e hijas,
cuando tenerlos y el espaciamiento entre estos/as.
Pruebas obligatorias de VIH
“sobre los casos de VIH / SIDA, las pruebas obligatorias para las mujeres embarazadas, aunque la Circular n A/15/47 (diciembre de 2011) de forma explícita permite a las mujeres a rechazar esas pruebas. 
El derecho a la vida,
a no morir por causas evitables relacionadas con el embarazo o el parto
Dificultades en el acceso  a Planificación familiar
“en vista del elevado número de embarazos precoces y los abortos peligrosos resultantes, el Comité está preocupado por las graves deficiencias en la aplicación de Ley Nº 20.418 y por las dificultades de las mujeres en el acceso y la disponibilidad de métodos anticonceptivos y servicios de planificación familiar”.
El derecho a una vida libre de violencia,
que rechaza las agresiones físicas, psicológicas y sexuales
El Comité insta al Estado Parte a:
(a) Adoptar todas las medidas necesarias para proporcionar un acceso adecuado a los servicios de planificación familiar y anticonceptivos, incluida la anticoncepción de emergencia, para prevenir los embarazos precoces y velar por la aplicación efectiva de la nueva legislación por los municipios;
(b) Garantizar que el consentimiento plenamente informado sea sistemáticamente buscado por el personal médico antes de la realización de esterilizaciones, que los profesionales que realizan esterilizaciones sin consentimiento sean sancionados y que la reparación y la compensación financiera estén disponibles para las víctimas de la esterilización sin consentimiento;

(c) Asegurar que la Circular A/15/47 sea debidamente cumplida y aplicada por el personal médico, y que las mujeres embarazadas se les informa acerca de la posibilidad de rechazar las pruebas de VIH / SIDA;
(d) Revisar la legislación vigente sobre el aborto con miras a la despenalización en casos de violación, incesto o amenaza a la salud o la vida de la madre;
(e) Llevar a cabo un estudio en profundidad que incluya datos estadísticos sobre los abortos ilegales e inseguros y sobre su impacto en la salud y la vida de las mujeres, en particular las derivadas de la mortalidad materna, y considerar su utilización como base para la acción legislativa y política.
El derecho a la libertad y seguridad,
decidiendo tener o no relaciones sexuales,
con quien y con que frecuencia

Acceso a la Salud de grupos desaventajados de mujeres
“El Comité está preocupado por la exclusión social y la vulnerabilidad de las mujeres migrantes, así como los obstáculos que les impiden disfrutar de los derechos básicos, como el acceso a las prestaciones sociales y los servicios de salud, en particular para las mujeres embarazadas”.
El derecho a casarse o no y de formar o no una familia
Insta al Estado de Chile a:
“Adoptar todas las medidas necesarias para mejorar la situación económica de las mujeres migrantes, eliminando así su vulnerabilidad a la explotación y a los tratantes y su acceso a las prestaciones sociales y los servicios de salud, independientemente de su situación (migratoria), en particular para las mujeres embarazadas”.


El derecho a la salud sexual


El derecho a la intimidad y la confidencialidad

El derecho a los beneficios del progreso científico