Ilustraciones de DDSSRR cortesía de Alejandra Suckel
Este resumen solo trata de las recomendaciones sobre Derechos Sexuales y Reproductivos realizados en la sesión 53 (2012) por el Comité CEDAW (el Comité por la eliminación de la discriminación hacia las mujeres.
Lea las recomendaciones traducidas por Corporación Humanas Aquí.
¿Que es el Comité CEDAW?
La CEDAW es la Convención por la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres[2]. Consiste en un listado de compromisos que los paises contraen para ir mejorando progresivamente el bienestar (goce de los derechos humanos) y la participación política de las mujeres en las distintas sociedades.
El Comité, esta compuesto de 22 comisionadas y un comisionado que cada 4 años revisan los informes de cada país que haya ratificado la convención y también revisan los informes sombras de las organizaciones de la sociedad civil de estos paises. Y durante un día completo (en el caso de Chile el 2 de Octubre 2012) tienen un dialogo constructivo con quien represente al Estado en cuestión y le hacen preguntas MUY puntudas. Y al final generan un listado de recomendaciones que el Estado esta comprometido a acatar. Compromisos que lxs activistas podemos exigirle al Estado.
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El derecho al pleno respeto a la integridad del cuerpo |
El comité vuelve a referirse al embarazo
adolescente y al aborto como lo hizo en sus dos sesiones pasadas.
“profunda preocupación por el creciente
número de embarazos de adolescentes que causan altas tasas de deserción
escolar, la persistencia de las expulsiones escolares por motivos de embarazo y
el escaso número de reclamos presentados después de eso, lo que se traduce en
una falta de conocimiento (de sus derechos) de las estudiantes embarazadas; la
falta de educación sexual sistemática en los programas escolares y la
persistencia de prejuicios y estereotipos en el contenido de dos de los siete
programas existentes sobre educación sexual”.
El Comité
recomienda:
(A) Aumentar
sus esfuerzos para garantizar que las estudiantes embarazadas se queden y
regresen a la escuela durante y después del embarazo, incluyendo el
establecimiento de mecanismos de supervisión, la aplicación de sanciones, informando a las estudiantes embarazadas de sus
derechos en virtud de la nueva legislación, y mejorando las campañas de
sensibilización;
(B) Incluir
programas integrales de salud y derechos sexuales y reproductivos como una
parte regular del programa de estudios, dirigidos a adolescentes de ambos
sexos, incluso en los centros de formación profesional, con especial atención a
la prevención de embarazos en adolescentes;
(C) Proporcionar
capacitación en género para docentes de todos los niveles del sistema educativo
y eliminar los estereotipos basados en el género o el sexo de los contenidos de
la enseñanza de todos los programas de educación sexual;
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El derecho a explorar la propia sexualidad sin miedos, vergüenza, falsas creencias, ni culpas. |
Sobre Aborto:
“el Comité lamenta profundamente que todas las iniciativas parlamentarias
recientes encaminadas a la despenalización del aborto han fracasado en el
Estado Parte, incluidos aquellos en los que la salud o la vida de la madre está
en riesgo, en casos de malformación fetal grave o violación”.
Otros temas:
Esterilización forzada
“El Comité también está preocupado por
los casos de esterilización forzada de mujeres con VIH / SIDA en el Estado
Parte”
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El derecho a decidir si se quiere o no tener hijos e hijas, cuando tenerlos y el espaciamiento entre estos/as. |
Pruebas obligatorias de
VIH
“sobre los casos de VIH / SIDA, las
pruebas obligatorias para las mujeres embarazadas, aunque la Circular n A/15/47
(diciembre de 2011) de forma explícita permite a las mujeres a rechazar esas
pruebas.
Dificultades en el
acceso a Planificación familiar
“en vista del elevado número de
embarazos precoces y los abortos peligrosos resultantes, el Comité está
preocupado por las graves deficiencias en la aplicación de Ley Nº 20.418 y por
las dificultades de las mujeres en el acceso y la disponibilidad de métodos
anticonceptivos y servicios de planificación familiar”.
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El derecho a una vida libre de violencia, que rechaza las agresiones físicas, psicológicas y sexuales |
El Comité
insta al Estado Parte a:
(a) Adoptar
todas las medidas necesarias para proporcionar un acceso adecuado a los
servicios de planificación familiar y anticonceptivos, incluida la anticoncepción de emergencia, para
prevenir los embarazos precoces y velar por la aplicación efectiva de la nueva
legislación por los municipios;
(b) Garantizar que el
consentimiento plenamente informado sea sistemáticamente buscado por el
personal médico antes de la realización de esterilizaciones, que los
profesionales que realizan esterilizaciones sin consentimiento sean sancionados
y que la reparación y la compensación financiera estén disponibles para las víctimas de
la esterilización sin consentimiento;
(c) Asegurar
que la Circular A/15/47 sea debidamente cumplida y aplicada por el personal
médico, y que las mujeres embarazadas se les informa acerca de la posibilidad
de rechazar las pruebas de VIH / SIDA;
(d) Revisar
la legislación vigente sobre el aborto con miras a la despenalización en casos
de violación, incesto o amenaza a la salud o la vida de la madre;
(e) Llevar a
cabo un estudio en profundidad que incluya datos estadísticos sobre los abortos
ilegales e inseguros y sobre su impacto en la salud y la vida de las mujeres,
en particular las derivadas de la mortalidad materna, y considerar su
utilización como base para la acción legislativa y política.
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El derecho a la libertad y seguridad, decidiendo tener o no relaciones sexuales, con quien y con que frecuencia |
Acceso a la
Salud de grupos
desaventajados de mujeres
“El Comité está preocupado por la
exclusión social y la vulnerabilidad de las mujeres migrantes, así como los
obstáculos que les impiden disfrutar de los derechos básicos, como el acceso a
las prestaciones sociales y los servicios de salud, en particular para las
mujeres embarazadas”.
Insta al Estado de Chile a:
“Adoptar todas las medidas necesarias para
mejorar la situación económica de las mujeres migrantes, eliminando así su vulnerabilidad
a la explotación y a los tratantes y su acceso a las prestaciones sociales y
los servicios de salud, independientemente de su situación (migratoria), en
particular para las mujeres embarazadas”.
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El derecho a la salud sexual |
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El derecho a la intimidad y la confidencialidad |
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El derecho a los beneficios del progreso científico |
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